
Bienes dispersos
Un solo juicio, varios registros
Cuando una persona deja un campo en Entre Ríos, un departamento en Rosario y una cuenta en Buenos Aires, la sucesión no se multiplica. Se tramita una vez y se inscribe en cada lugar.
- Un juicioSe tramita ante el juez del último domicilio.
- Un registro por provinciaCada registro inscribe con su propio oficio.
- Una valuación por bienCampos, casas y cuentas se tasan por separado.
Dónde se tramita
La sucesión se abre ante el juez del último domicilio del fallecido, aunque los bienes estén en otra provincia. Ese juzgado dicta la declaratoria y aprueba la partición.
Para inscribir un inmueble de otra provincia, el juzgado libra un oficio al Registro de la Propiedad de esa provincia, acompañado por el testimonio de la declaratoria. Cada registro tiene sus propios aranceles, plazos y formularios, y a veces pide que un abogado local firme algunas presentaciones. Trabajamos con colegas de confianza en las provincias donde más casos tenemos.

Campos
El campo suele ser el bien más difícil de repartir. Hay que revisar si está arrendado, si hay contratos de aparcería, si tiene hipotecas y si la tierra está en condominio con otras personas.
Antes de proponer una partición pedimos una tasación de un martillero o ingeniero agrónomo de la zona y miramos el estado de los arrendamientos. Si los herederos no quieren o no pueden quedarse con el campo, se puede vender en conjunto, repartir las hectáreas o adjudicárselo a uno compensando al resto.

Cuentas, valores y cajas de seguridad
Los saldos de cuentas bancarias, plazos fijos, acciones y fondos se valúan a la fecha del fallecimiento. Para los depósitos en dólares se toma la cotización de ese día, aunque hoy sea otra.
Las cajas de seguridad se abren con presencia de un escribano y, si hace falta, con autorización del juzgado. Conviene avisar al banco que hay una sucesión en trámite y no retirar nada hasta tener la declaratoria.

Los papeles según el bien
- Campos
- Título o escritura, plano de mensura, contratos de arrendamiento vigentes y libre deuda del impuesto inmobiliario rural.
- Casas y departamentos
- Matrícula o escritura, libre deuda de expensas y de impuestos municipales, y el último recibo de servicios.
- Cuentas y valores
- Certificado de saldo a la fecha del fallecimiento, resumen de los últimos doce meses y contrato de la caja de seguridad, si hay.
- Vehículos y sociedades
- Título del automotor, informe de dominio y, si el fallecido tenía una sociedad, el contrato social con las últimas actas.
Tres errores que vemos seguido
- Vender un lote o una cochera antes de la declaratoria: el comprador no puede escriturar y el trámite se complica.
- Dejar un arrendamiento sin renovar: el campo pierde renta mientras la sucesión sigue abierta.
- Retirar plata de una cuenta sin avisar: después hay que explicar de dónde salió cada peso.
Si tenés bienes en más de una provincia, traé la lista y la ordenamos juntos.
Pedir turno